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bras, el usuario deberá anexar el
resolutivo de la manifestación de impacto ambiental o la exención de la misma, emitida por la
Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), para los siguientes casos:
I.- para uso agrícola en unidades hidroagrícolas mayores de 100 hectáreas, II.- para cuando tenga
como fin la desalinización, y III.- Para el uso acuícola.
MANIFESTACIÓN DE
IMPACTO AMBIENTAL
(ÚNICAMENTE PARA LA
MODALIDAD B)
C
Explicación:
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