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Respuesta:
La Constitución recoge una serie de derechos llamados “Derechos Fundamentales”, son todos aquellos atribuibles a todas las personas.
Explicación:
Espero que te sirva
Deme coronita porfis y corazón
Respuesta:
La Constitución recoge una serie de derechos llamados “Derechos Fundamentales”, son todos aquellos atribuibles a todas las personas sin excepción, y que se consideran como un listado de reglas básicas y preeminentes en el ordenamiento jurídico. Estos son notoriamente diferentes al resto de derechos porque son inalienables (se adquieren desde el nacimiento) y no pueden ser objeto de transacción o intercambio en el contrato de trabajo, aunque pueden sufrir alguna modulación por lo que el trabajador está subordinado y tiene dependencia del empresario. Algunos de estos derechos se rigen no solamente desde el inicio de la relación laboral, sino también en los procesos de selección y claro está, en el despido también.
: Igualdad de trato y no discriminación
Derecho a la vida, integridad física y moral
Derecho a la libertad ideológica y religiosa
Derecho a la libertad y a la seguridad
Derecho a la intimidad personal y familiar, honor e inviolabilidad del domicilio. Así como secreto de las comunicaciones y protección de datos
Derecho a la libertad de residencia y circulación
Derecho a la libertad de expresión
Derecho de reunión
Derecho de asociación
Derecho a la tutela judicial efectiva
Derecho a la educación
Derecho a sindicarse libremente y a huelga