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Respuesta: El Estado español se divide judicialmente en Municipios, Partidos Judiciales, Provincias y Comunidades Autónomas.
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Así pues, el Estado español se divide judicialmente en Municipios, Partidos Judiciales, Provincias y Comunidades Autónomas. Un partido judicial puede estar compuesto por varios municipios. Esta distribución se establece en la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de demarcación y planta judicial.
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