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Respuesta:
Llera subraya que la discusión ciudadana, que muestran los datos
de opinión, no está tanto en la justicia o injusticia de nuestras leyes,
en los principios inspiradores de nuestro sistema normativo o en su
legitimidad, cuanto en la eficacia desigual de su aplicación y en la
percepción de la, también, desigual protección de los derechos individuales. En su trabajo enfatiza que la crisis económica y la crisis
política, con sus correlatos de fractura de la cohesión social y política,
no han hecho más que agudizar el contraste entre principios y prácticas de la cultura de la legalidad hasta el punto de poder poner en
riesgo el mantenimiento del “contrato social” sobre el que se basa la
legitimidad del Estado de Derecho. En el caso español, además, evidencia la debilidad del capital social, la baja confianza interpersonal
y el carácter poco comprometido y activo de la cultura cívica, factores
que inciden en las prácticas de la cultura de la legalidad, tal como se
describe con este pequeño muestrario de indicadores, a falta de un
estudio más sistemático y con ambición comparativa.
Santiago Basabe-Serrano, profesor de la FLACSO-Ecuador, es el autor del trabajo “Instituciones informales: discusión conceptual y evidencia empírica en el caso ecuatoriano” y en él plantea el debate sobre
las instituciones políticas informales. En el plano teórico sostiene que
la presencia de sanciones externas frente al incumplimiento de las
reglas que configuran una institución informal es el rasgo clave que
permite diferenciar este concepto de otros aparentemente similares,
como el de cultura política. En el plano empírico, ofrece dos narrativas
analíticas orientadas a evidenciar la presencia de instituciones informales en la formación y mantenimiento de coaliciones legislativas y
en la injerencia política sobre las Cortes de Justicia. En ambos casos,
subraya Basabe-Serrano, se identifican los acuerdos, actores, interacciones y esencialmente las sanciones que sobrevienen a la violación
de alguna de las reglas que integran las instituciones informales analizadas. El capítulo cierra con algunas reflexiones en torno a la utilidad que brinda el concepto de instituciones informales para analizar
una diversidad de fenómenos políticos, más aún en contextos como el
latinoamericano, en los que el Estado de Derecho es constantemente
violentado.
El noveno capítulo viene de la pluma de Anna Margherita Russo, investigadora del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Programa “García Pelayo”). Titulado “Pluralismo jurídico y cultura de la
interlegalidad: el caso del derecho indígena en México” aborda el tema
de la cultura de la legalidad a través una perspectiva “trasversal”,
es decir adoptando como objeto de estudio el derecho indígena y su
relación con el sistema jurídico ordinario que lleva directamente al
marco más general del pluralismo jurídico en un ordenamiento complejo, tanto desde una perspectiva normativa (sistema federal) como
integrativa (sistema jurisdiccional integrado).
El trabajo de esta investigadora se estructura en tres partes.
El último trabajo es de Mariana Llanos, investigadora del GIGA Instituto de Estudios Latinoamericanos con sede en Hamburgo. Su trabajo, denominado “Acción estratégica y cultura de la informalidad: la
reforma judicial en Argentina”, estudia las relaciones entre el Poder
Ejecutivo y la Corte Suprema de Justicia en Argentina a través de un
micro-análisis del proceso político en torno a la aprobación de la propuesta del gobierno para la reforma del Consejo de la Magistratura.
Dicho proceso comenzó con el tratamiento y la aprobación parlamentaria de un paquete de leyes de reforma judicial, siguió con la judicialización de tal reforma (particularmente de la ley de reforma del Consejo de la Magistratura), y culminó en octubre de 2013 con el fallo de
la Corte Suprema sobre la Ley de Servicios Audiovisuales. En medio
de tal proceso tuvieron lugar dos decisiones importantes de la Corte
Suprema, la primera en contra y la segunda a favor del Gobierno. El
propósito de este trabajo no es analizar estas decisiones en sí, sino el modo en que la Corte desarrolló sus relaciones con el poder político en
el proceso de elaboración de esas decisiones y, en ese sentido, su aproximación se encuadra en la perspectiva cultural de la cultura de la
legalidad. Llanos destaca que el comportamiento de la Corte Suprema
argentina (manifestado principalmente a través de su presidencia)
se caracterizó por la comunicación informal y el manejo táctico de los
tiempos.
Explicación: