• Asignatura: Musica
  • Autor: josefaarriagadafer
  • hace 6 años

¿Cuáles son los tres grandes grupos humanos que convergen en Latinoamérica?

Respuestas

Respuesta dada por: yassielmendoza378
0

Respuesta:

Explicación:La lucha de los pueblos indígenas por la defensa y el reconocimiento de

sus derechos han sido persistentes en la historia. Este prolongado proceso

de reivindicación y reconocimiento se ha plasmado en las últimas  

CEPAL 2014

15

décadas en un marco de derechos que se fundamenta en dos grandes

hitos: el Convenio sobre Pueblos Indígenas y Tribales, 1989 (Núm. 169)

de la OIT, que reconoce por primera vez sus derechos colectivos, y la

Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos

Indígenas (2007), que plantea el derecho de dichos pueblos a la libre

determinación. El estándar mínimo de derechos de los pueblos indígenas,

obligatorio para los Estados, se articula, a su vez, en cinco dimensiones:

el derecho a la no discriminación; el derecho al desarrollo y el bienestar

social; el derecho a la integridad cultural; el derecho a la propiedad,

uso, control y acceso a las tierras, territorios y recursos naturales; y el

derecho a la participación política.

Las Naciones Unidas han sido pioneras en el tratamiento de los

derechos de los pueblos indígenas. Desde la creación del Grupo de

Trabajo sobre Pueblos Indígenas en 1982 han desarrollado una amplia

gama de actividades y políticas como parte de su agenda, que culminan

en el presente siglo tanto en el establecimiento del Foro Permanente

para las Cuestiones Indígenas (2000) como en la designación en 2001

de un Relator Especial sobre la situación de los derechos humanos y las

libertades fundamentales de los indígenas (después pasó a denominarse

Relator Especial sobre los derechos de los pueblos indígenas), y en la

creación del Mecanismo de Expertos sobre los Derechos de los Pueblos

Indígenas en 2007; así como en la adopción de la Declaración de las

Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, por parte

de la Asamblea General de las Naciones Unidas en 2007.

A esto deben sumarse los acuerdos internacionales que se han venido

alcanzando desde los años noventa, entre los más destacados, la Cumbre

para la Tierra (Río de Janeiro, 1992), la Conferencia Mundial de Derechos

Humanos (Viena, 1993), la Conferencia Internacional sobre la Población

y el Desarrollo (El Cairo, 1994) y la Cuarta Conferencia Mundial de la

Mujer (Beijing, 1995). Sin duda, han representado un antes y un después

en la defensa de los derechos de los pueblos indígenas, reconociendo

la dignidad inherente y la contribución única de estos al desarrollo y

la pluralidad de la sociedad. En el plano regional cabe resaltar también

los acuerdos gubernamentales logrados por los países de América Latina

y el Caribe en la Primera Reunión de la Conferencia Regional sobre

Población y Desarrollo de América Latina y el Caribe (Montevideo,

2013), plasmados en el denominado Consenso de Montevideo sobre

Población y Desarrollo, que incluye un capítulo específico relativo a

los derechos de los pueblos indígenas y que guiará la agenda para el

desarrollo después de 2015 en estos asuntos.

Desde las organizaciones indígenas, un hito más reciente a nivel

global fue la Conferencia Preparatoria Global Indígena para la Reunión

Plenaria de Alto Nivel de la Asamblea General de las Naciones Unidas,

en 2013, llamada Conferencia de Alta (Noruega), y en la Declaración

de Alta de allí emanada y la Conferencia Global de Mujeres Indígenas,

efectuada también en 2013, en Lima.

Este proceso desemboca actualmente en la organización de la

Reunión Plenaria de Alto Nivel del Sexagésimo Noveno Período de

Sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas, más conocida

como la Conferencia Mundial sobre los Pueblos Indígenas (CMPI)1

, a

celebrarse el 22 de septiembre de 2014 en Nueva York, con el propósito

de intercambiar puntos de vista y mejores prácticas sobre la realización

de los derechos de los pueblos indígenas, incluido el cumplimiento de los

objetivos de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos

de los Pueblos Indígenas, de 2007. Como resultado de la Conferencia

Mundial se espera un documento final conciso y orientado a la acción,

que tome en cuenta los puntos de vista de los Estados miembros y de

los pueblos indígenas; y en el caso de estos últimos, con la Declaración

de Alta como referencia insoslayable.

En el ámbito internacional existen dos mecanismos directos de

protección de los derechos humanos, incluidos los derechos de los

pueblos indígenas: el sistema de las Naciones Unidas y el Sistema

Interamericano de Derechos Humanos de la Organización de los Estados

Americanos (OEA). En este último, los fallos y las sentencias de la Corte

Interamericana de Derechos Humanos, que tienen carácter vinculante

para los Estados, han sido claves en el nuevo ordenamiento jurídico

internacional respecto a los derechos de los pueblos indígenas. En el

caso de las Naciones Unidas, los órganos y mecanismos de protección

adquieren una indiscutible relevancia política para el reconocimiento y

aplicación de los derechos de los pueblos indígenas.


marioalexi79: que wa
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