Fuente primaria:
> ¿Qué información aporta esta fuente sobre la sociedad mexicana de prin-
cipios del siglo XVII?
Respuestas
Este trabajo muestra los fundamentos constitucionales de la formación moral del ciudadano considerando el origen del constitucionalismo independiente mexicano. Parte del sentido moral de los derechos fundamentales para indagar qué principios ético jurídicos instituyó la Carta Magna de 1824 como proyecto de sociedad y ciudadanía. El análisis se centra en la Constitución y los textos jurídicos instituyentes precedentes, especialmente el Acta Constitutiva de la Federación Mexicana, para identificar los principios jurídicos y valores del proyecto nacional y educativo. Se concluye que al ser reconocida la educación como asunto público no se establecieron de manera detallada y sistemática sus principios morales pero que los principios constitucionales de la opción liberal y federal, representativa y popular, señalaron la orientación del desarrollo moral por la vía del buen gobierno y de la ilustración de los ciudadanos.