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Startsidan Information in other languages Español (Spanska) Medidas activas para la prevención de la discriminación
Medidas activas para la prevención de la discriminación
(Aktiva åtgärder för att förebygga diskriminering)
La ley contra la discriminación no solo prohíbe la discriminación en una serie de casos, sino que también impone a empleadores y proveedores de educación una serie de «medidas activas». Se pretende con ello, por una parte, prevenir la discriminación y, por otra, fomentar o promover la igualdad de derechos y oportunidades.
Prevención de la discriminación y promoción de la igualdad de derechos y oportunidades
(Förebygga diskriminering och främja rättigheter och möjligheter)
Las medidas activas se centran en prevenir y en combatir la discriminación asociada a alguno de las causales de discriminación: sexo, identidad o expresión de género, etnia, religión u otra creencia, discapacidad, orientación sexual y edad. Además, con las medidas activas se pretende fomentar o promover la igualdad de derechos y oportunidades, relacionada con cualquier causal de discriminación.
Labor continua en cuatro pasos contra la discriminación
(Kontinuerligt arbete mot diskriminering i fyra steg)
Todos los empleadores y proveedores de educación deben combatir de forma continua y permanente la discriminación, a través de los cuatro pasos siguientes:
Paso 1 Investigar si hay riesgo de discriminación (incluido hostigamiento y acoso sexual), de represalias (castigo) o de otros obstáculos para la igualdad de derechos y oportunidades de los particulares.
Paso 2 Analizar las causas de los riesgos y obstáculos detectados.
Paso 3 Adoptar medidas, es decir, implementar las medidas destinadas a prevenir la discriminación e impulsar la igualdad de derechos y oportunidades.
Paso 4 Realizar un seguimiento y evaluar la actuación.
Esta labor debe desarrollarse en forma permanente. Además, los empleadores y proveedores de educación con un mínimo de 25 empleados deberán documentar sus actividades de manera continua.
Responsabilidad del empleador
(Arbetsgivarens ansvar)
El empleador debe desarrollar esta labor permanente en cuatro pasos (investigación, análisis, adopción de medidas y seguimiento) dentro de las cinco áreas siguientes:
Condiciones laborales
Disposiciones y prácticas en materia salarial y otras condiciones de empleo
Selección y promoción del personal
Formación y otras iniciativas de capacitación
Posibilidad de conciliar vida profesional y paternidad/maternidad
Entre las medidas activas a cargo del empleador se incluye también lo siguiente:
Impulsar el equilibrio de contratación de empleados o trabajadores hombres y mujeres, incluidos los puestos directivos.
Elaborar, efectuar un seguimiento y evaluar directrices y procedimientos para evitar el hostigamiento, el acoso sexual y las represalias (castigo).
Efectuar revisiones salariales con periodicidad anual.
Responsabilidad de los centros de educación infantil y básica
(Förskolans och skolans ansvar)
Los centros de educación infantil y básica deben desarrollar esta labor permanente a través de los cuatro pasos (investigación, análisis, adopción de medidas y seguimiento) en el conjunto de sus actividades.
Entre las medidas activas se incluye también la elaboración, seguimiento y evaluación, por parte de la escuela infantil y básica, de directrices y procedimientos para evitar el hostigamiento, acoso sexual y represalias (castigo).
Responsabilidad de los centros universitarios
(Högskolans ansvar)
Los centros universitarios deben desarrollar esta labor permanente a través de los cuatro pasos (investigación, análisis, adopción de medidas y seguimiento) dentro de las cinco áreas siguientes:
Admisión y selección
Modalidades de enseñanza y organización de los cursos
Exámenes y evaluaciones
Entorno académico y de estudios
Estudios y paternidad
Entre las medidas activas se incluye también la elaboración, seguimiento y evaluación por parte del centro universitario de directrices y procedimientos para evitar el hostigamiento, el acoso sexual y las represalias (castigo).