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Las demás que le atribuyan la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la ley. Organización Artículo 5º. ... El Presidente o Presidenta de la República Bolivariana de Venezuela tiene el grado militar de Comandante en Jefe y es la máxima autoridad jerárquica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana.
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Hola
Explicación:
Tradición de la Fuerza Armada
ARTÍCULO 5.- La Fuerza Armada Nacional, siguiendo la tradición de los fundadores de la República, participará en los procesos de integración de los pueblos latinoamericanos y caribeños, conforme a los tratados y convenios que suscriba la República, y podrá emprender acciones combinadas en defensa de los procesos orientados a la constitución de una comunidad de naciones que recoja ese legado histórico. Del mismo modo, y fieles al rechazo a la guerra como instrumento de la política internacional, de acuerdo con nuestra tradición constitucional, cooperará con las organizaciones mundiales en sus esfuerzos para el mantenimiento de la paz