Argumentos para describir el articulo 98 de la constitucion politica de colombia

Respuestas

Respuesta dada por: Myladybogabo
0

Respuesta:

Artículo 98 Inviolabilidad del recinto parlamentarioEl Presidente de la República está obligado a poner a disposición del Congreso los efectivos de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional que demande el Presidente del Congreso.

Explicación:

Preguntas similares