• Asignatura: Castellano
  • Autor: gztxi35z4u
  • hace 6 años

ensayo entre El Estado, las desigualdad social y
derechos humanos.

Respuestas

Respuesta dada por: adrianavidal201310
8

Respuesta:

El valor de la igualdad distributiva, cualquier límite a la brecha de riqueza entre los ricos y los pobres, no está incluido en la Declaración Universal de Derechos Humanos, ni en los regímenes legales y movimientos sociales que la toman como su estrella polar. Como admitió recientemente Philip Alston, relator especial de las Naciones Unidas sobre la extrema pobreza y los derechos humanos, en un intento inicial de considerar el tema: “En la actualidad, no se afirma explícitamente ningún derecho a la igualdad, como tal, conforme al derecho internacional de los derechos humanos”.

Es cierto que el documento fundacional de los derechos humanos anunció la igualdad de condición: de acuerdo con su primer artículo, todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos. Puede ser cierto que, en un mundo devastado por los males del racismo y el genocidio, la afirmación de la simple igualdad de condición era en sí misma un acto revolucionario. Sin embargo, esta misma igualdad de condición no implica nada más. Todos los derechos son costosos, especialmente los derechos económicos y sociales, y si se implementan, tienen efectos redistributivos; sin embargo, no lo hacen como parte de un ambicioso intento de crear un techo que limite la desigualdad, sino como parte de un esfuerzo digno de mención, pero más modesto, para construir un piso de protección contra la indigencia. Sería posible imaginar a un hombre que fuera dueño de todo, un jefe absoluto, y esta persona no violaría el esquema actual de derechos humanos, siempre y cuando se cumplieran los derechos básicos de todas las personas. Incluso los derechos humanos perfectamente ejecutados son compatibles con la desigualdad radical.

Los derechos humanos en la era de la asistencia social nacional

La afirmación de los derechos humanos en la década de 1940 comenzó como una versión de la actualización de los derechos de la ciudadanía sobre cuya conveniencia y necesidad se generó un consenso casi total después de la depresión y la guerra. Franklin Roosevelt emitió su famoso llamado a la creación de una “segunda carta de derechos” que incluyera protecciones socioeconómicas en su discurso del Estado de la Unión un año antes de su muerte. Pero al prometer “liberación de la miseria” e imaginándola “en todo el mundo”, Roosevelt en realidad minimizó la magnitud de las aspiraciones verdaderamente igualitarias que proclamaban todas las versiones del asistencialismo. Estas iban mucho más allá de un límite inferior contra la indigencia para garantizar una sociedad más equitativa que antes (o después). Su mayor promesa, en el discurso, no fue un piso de protección para las masas, sino el final de “los privilegios especiales para unos cuantos”: un techo a la desigualdad.

Sin embargo, la armonía de ideales entre la campaña contra la abyección y la exigencia de igualdad solo fue exitosa a nivel nacional, y principalmente en los estados del Atlántico norte, e incluso ahí solo de manera parcial. Así, cualquier grado de éxito logrado en ambos frentes estuvo acompañado de firmes limitaciones, y especialmente de la modestia geográfica que ya ha logrado trascender el lenguaje de derechos humanos. De hecho, es como si la universalización de las normas de protección básica fuera una especie de recompensa por renunciar al imperativo de la igualdad a nivel local.

Explicación:

espero te ayude si es asi maracame como la mejor respuesta por fa


adrianavidal201310: dame corona
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