• Asignatura: Geografía
  • Autor: hillary51
  • hace 6 años

Nadie puede poner precio a la libertad o vender a otra persona

Respuestas

Respuesta dada por: botzocpaau12
0

Respuesta:

ARGENTINA

Artículo 15.- En la Nación Argentina no hay esclavos: los pocos que hoy existen quedan libres desde la jura de esta Constitución, y una ley especial reglará las indemnizaciones a que de lugar esta declaración. Todo contrato de compra y venta de personas es un crimen de que serán responsables los que lo celebrasen, y el escribano o funcionario que lo autorice. Y los esclavos que de cualquier modo se introduzcan quedan libres por el solo hecho de pisar el territorio de la República.

Artículo 17.-... Ningún servicio personal es exigible, sino en virtud de ley o de sentencia fundada en ley.

Preguntas similares