• Asignatura: Derecho
  • Autor: Soniapatriciamarin
  • hace 5 años

hola explicación del art 98 Constitución política de Colombia

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Respuesta dada por: bflorenciano8
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ARTICULO 98.

La ciudadanía se pierde de hecho cuando se ha renunciado a la nacionalidad, y su ejercicio se puede suspender en virtud de decisión judicial en los casos que determine la ley. Quienes hayan sido suspendidos en el ejercicio de la ciudadanía, podrán solicitar su rehabilitación

Explicación:ESPERO QUE TE AYUDE

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