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Respuesta:
Es la Constitución de 1940 la que alcanza en América Latina un despliegue más amplio y consecuente de esos derechos, engrosando los textos constitucionales modernos conocidos como constituciones sociales.
En ese sentido, reconoció el derecho de los obreros a la huelga, declaró el trabajo como un derecho inalienable del hombre; proscribió la discriminación racial, por motivo de sexo o color; declaró protección especial a la familia y declaró la igualdad de la mujer; proscribió el latifundio y estableció el propósito de que la tierra pasara a manos de cubanos; se pronunció por la educación general y gratuita, por la salud pública al alcance de todos y, además, ratificó derechos civiles y políticos como, entre otros, que toda persona podría emitir libremente su pensamiento de palabra, por escrito o por cualquier otro medio de expresión.
Declaró el sufragio universal, igualitario y secreto. Estableció importantes derechos individuales y algunas garantías para su cumplimiento, entre ellas el hábeas corpus constitucional. Fue una Constitución democrático burguesa, avanzada, progresista, la más avanzada de América en esos momentos.
Sin embargo, fue evidentemente pormenorizadora y paradójicamente dejó la regulación de muchas de sus preceptivas a posteriores leyes complementarias que nunca llegaron a promulgarse, lo que hizo de ella una constitución frustrada, llena de expectativas y esperanzas incumplidas.
Respuesta:
Las características que presenta de 1940 es que tenían un despliegue más amplio y consecuente de esos derechos, engrosando los textos constitucionales modernos conocidos como constituciones sociales.
En ese sentido, reconoció el derecho de los obreros a la huelga, declaró el trabajo como un derecho inalienable del hombre, prescribió la discriminación racial, por motivo de sexo o color, también se declaró protección especial a la familia y declaró a la igualdad de la mujer.