Respuestas
porque existe una ley marital en la vida moderna?
Respuesta:
Quiero comenzar clarificando que el objetivo de este artículo no es justificar la licencia marital, sino explicar la lógica interna que llevó a su imposición. Tampoco voy a referirme a esta institución en la época franquista, una medida anacrónica establecida en un contexto histórico muy diferente, sino que me centraré principalmente en los siglos XVI y XVII. Utilizaré como fuentes principales las Leyes de Toro (1505 d.C.), que consolidaron esta institución, así como las Siete Partidas (1265 d.C.), referidas en estas primeras leyes como fuente supletoria para los asuntos que no cubrieran las de Toro.
¿Qué es la licencia marital?
La licencia marital es un permiso que el marido ha de otorgar a la mujer para realizar ciertas funciones y transacciones. Su antecedente en el derecho castellano se encuentra en el Fuero Real (p. 34) del año 1255 d.C. En el Libro III, Título 20, Ley 13 se indica:
“Como la muger no se puede obligar sin licencia de su marido. Maguer, que muger de su marido no pueda fiar, ni acer deuda sin otorgamiento de su marido…”.
Sin embargo, la implantación generalizada del permiso marital no llegaría hasta el siglo XVI con las Leyes de Toro (1505 d.C.). La Ley 55 establecía:
La muger durante el matrimonio syn licencia de su marido como no puede hazer contrato alguno asy mismo no se pueda apartar ni desistir de ningun contrato que a ella toque, ni dar por quito a nadie dél; ni pueda hazer casi contrato, ni estar en juyzio faziendo ni defendiendo syn la dicha licencia de su marido; e si estoviere por sy, o por su procurador, mandamos que no vala lo que fiziere.