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Respuesta:
ALGUNOS LOGROS DE LOS PLEBEYOS.
La ‘lex Canuleia’ (445 a.C.) concedió a los plebeyos el derecho de poder celebrar nupcias con miembros de la clase patricia. La ‘lex Licinia’ (367 a.C.) estableció que uno de los puestos de cónsul fuera desempeñado por un plebeyo, aún y cuando desde el 495 a.C. había surgido la figura del tribuno de la plebe, el que contaba con derecho de veto sobre las disposiciones de los magistrados.
El ‘tribunus plebis’ no era un magistrado como tal, sino un funcionario para la plebe romana. Por otra parte, también existieron, además de las asambleas o comicios del pueblo en su conjunto (patricios y plebeyos), asambleas exclusivas de la clase plebeya, llamados ‘concilia plebis’, cuyas resoluciones fueron los plebiscitos y conformaron acuerdos que no eran obligatorios para todo el pueblo, a menos que las asambleas fueran convocadas y los acuerdos ratificados por el senado.
La ley Hortensia (286 a.C.) concedió fuerza obligatoria a los plebiscitos, extendiendo sus alcances a todo el pueblo y a los quirites o patricios.
Explicación:
suerte:)