• Asignatura: Inglés
  • Autor: josevalle112005
  • hace 6 años

Realice el resumen del tema LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA DE
GUATEMALA​


Anónimo: eres de guatemala??
josevalle112005: si y ud
Anónimo: si
Anónimo: de que parte
josevalle112005: de alotenango
josevalle112005: y ud
Anónimo: Baja Verapaz

Respuestas

Respuesta dada por: reguhoan
7

Respuesta:

"Constitución Política de la República de Guatemala"

La Constitución Política de la República de Guatemala es la actual ley fundamental de Guatemala, en donde están determinados los derechos de los habitantes de la nación, la forma de su gobierno y la organización de los poderes públicos. La Constitución se encuentra en la cúspide o parte más alta del sistema jerárquico de las leyes, por lo que se le denomina Carta Magna o ley de leyes.

La Constitución Política de 1986 es la actual ley fundamental de Guatemala. Fue promulgada el 31 de mayo de 1985, por la Asamblea Nacional Constituyente. Tiene 281 artículos y 22 disposiciones transitorias. Sus principales innovaciones son el establecimiento de la Corte de Constitucionalidad y el cargo de Procurador de los Derechos Humanos. En 1993 se le introdujeron algunas reformas referentes al antejuicio de los diputados. En 1998, una Consulta Popular rechazó las reformas constitucionales que el Congreso de la República de Guatemala había aprobado para reestructurar el Estado de Guatemala y facilitar el cumplimiento de los Acuerdos de Paz.

La Corte de Constitucionalidad ha señalado que uno de los principios fundamentales del derecho guatemalteco es el de la supremacía constitucional, que implica que en la cúspide del ordenamiento jurídico esta la Constitución y ésta, como ley suprema, es vinculante para gobernantes y gobernados.

La superlegalidad constitucional es reconocida en la misma Constitución: serán nulas las leyes y disposiciones gubernativas o de cualquier otro orden que disminuyan, restrinjan o tergiversen los derechos que la Constitución garantiza. Ninguna ley podrá contrariar sus disposiciones. Los tribunales de justicia en toda resolución o sentencia observarán obligadamente el principio de que la Constitución prevalece sobre cualquier ley o tratado.

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