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Estos atributos son la capacidad de goce, la nacionalidad, el estado civil, el domicilio, el nombre y el patrimonio. “La persona es un sujeto de derechos y de obligaciones”. Aún así, para el derecho internacional el ser humano significa ser persona y, por tanto, tener los llamados atributos de la personalidad.
Explicación:
espero y te ayude uwu
victormendieta2010:
gracias me diste una idea mas clara uwu
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