condiciones ambientales en el transportador

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Respuesta dada por: nayelycuyo561
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TRANSPORTADOR

Se define como transportador a la persona natural o jurídica cuya función es recolectar y trasladar los RCD, desde el lugar de generación hasta el sitio de disposición final, cumpliendo con las condiciones técnicas mínimas exigidas en la normatividad vigente y registrado ante la autoridad ambiental.

El transportador debe cumplir con lo establecido por el Ministerio de Transporte en cuanto a la trayectoria de la empresa y la experiencia del transportador relacionado con RCD, y debe mostrar capacidad técnica, de equipos y financiera para asegurar la operación.

Los vehículos destinados al transporte de residuos sólidos de construcción, no podrán ser llenados por encima de su capacidad (a ras con el borde superior más bajo del platón), y la carga debe ir cubierta.

No se podrá modificar el diseño original de los contenedores o platones de los vehículos para aumentar su capacidad de carga en volumen o en peso, en relación con la capacidad de carga del chasis.

Cuando la obra no disponga de espacio para el estacionamiento temporal de volquetas, el constructor debe coordinar la salida de RCD de tal forma que no exista estacionamiento temporal en vía pública, ni obstrucción de tránsito.

Adicionalmente, se deberá implementar la señalización necesaria de tal manera que no se interfiera con el tráfico vehicular y peatonal.

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