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Según las Federaciones y Organizaciones especializadas en Derechos Humanos de Infancia y Adolescencia, la sanción, votada unánimemente por los 129 diputados que dieron el quórum luego de que fuera aprobada por la Cámara de Senadores el 1º de junio de este año, cumple cabalmente con los preceptos del paradigma de la Protección Integral de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes incorporados en nuestra Constitución en el año 1994, derogando la vieja ley 10.903 del patronato de menores con su andamiaje de institucionalización y judicialización de la pobreza.
La ley derogada otorgaba atribuciones ilimitadas a los jueces de menores para decidir la internación de niños con fines asistenciales. De ese modo alejaba a los niños su familia y los sometía a un tratamiento igual al de un menor que comete un delito grave. Para la presidenta del Consejo de los Derechos de Niños y Adolescentes porteño, María Elena Nadeo, es "un avance histórico", porque abre "una nueva perspectiva" para "unos diez o quince mil chicos" que están institucionalizados en todo el país.
La nueva norma pone en pie de igualdad jurídica a todos los niños, niñas y adolescentes, reconociendo la calidad de sujetos activos de derechos habilitando para ello el pleno ejercicio de la ciudadanía. Además se incorpora la figura de un Defensor de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, que tendrá que "velar por la protección" de los derechos consagrados en la Constitución, la Convención sobre los Derechos del Niño y las leyes nacionales.
Según Nadeo, "en primer lugar garantiza no incluir en el circuito de la Justicia del menor a los temas de índole social o asistencial". En ese sentido, la ley expresa que "los organismos de políticas públicas y de protección de los derechos del Niño serán los encargados de resolver las cuestiones sociales". El segundo punto importante, opinó Nadeo, es que se establece que "los chicos privados de su medio familiar, por distintos motivos, entre ellos por situaciones de violencia familiar, en ningún momento pueden ser privados de su libertad" derivándolos a institutos de menores. "Es muy importante que se diga que esos chicos, en ningún caso, deben ser llevados a institutos cerrados. Eso está expresamente prohibido y los niños deben ser albergados en hogares convivenciales de puertas abiertas", insistióNadeo. "El tercer punto importante es que se reconvierte al viejo Consejo Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia en un Consejo Federal para el diseño y monitoreo de las políticas públicas". Consideró también central que se haya derogado "la vieja Ley Agote (de Patronato), para impulsar la creación, en cada provincia y municipios, de servicios de protección y defensa de los derechos de los chicos".
Por su parte Jorge Pizarro, el titular de Unicef Argentina, sostuvo que la reforma "beneficia al 35 por ciento de la población, es decir a todos los menores de 18 años" que hoy están expuestos a la aplicación de la Ley de Patronato. También agregó que "la aprobación de la nueva ley salda una deuda de 15 años que tenía el Parlamento y corona con éxito el esfuerzo de muchas organizaciones de la sociedad civil".
En este sentido, las Federaciones de Derechos de la Infancia, junto con académicos y profesionales en la materia llevan más de 10 años de lucha en su requerimiento de adaptar la legislación nacional a la Convención Internacional sobre Derechos del Niño. En todos sus Foros Nacionales y Provinciales han sostenido que la sanción de esta ley constituye una medida imprescindible y prioritaria para construir una política pública universal que permita sentar las bases para la elaboración de un Plan Nacional para la Infancia, que tenga como ejes fundamentales los tres puntos que levantan las organizaciones para establecer una nueva relación del Estado con sus miembros más jóvenes: la Protección Integral de Derechos para todos los niños y niñas, el Seguro de Inclusión Ciudadana para la Infancia y la creación de un Sistema de Garantías Penal Juvenil.