Respuestas
Respuesta:La Convención contiene, por decirlo de una forma sencilla, dos grandes tipos de derechos: los de supervivencia y los de participación. Los derechos de supervivencia, llamados también derechos sociales o de protección, se consideran obligatorios y son pasivos; son el derecho a la vida, a la salud, a la educación, a la vivienda, al trabajo, y podríamos incluir el derecho a una vida familiar y, cuando ésta falta, el derecho a formas alternativas de familia. Los derechos de participación se necesitan para crecer como persona, se consideran voluntarios y deben ser activos; en la Convención son el derecho de opinión; de libertad de expresión; de libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; de libertad de asociación; de protección de la vida privada y el derecho a una información adecuada. La satisfacción de los derechos de supervivencia requiere una conducta activa del Estado: inversiones, recursos…
Explicación:
La Convención contiene, por decirlo de una forma sencilla, dos grandes tipos de derechos: los de supervivencia y los de participación. Los derechos de supervivencia, llamados también derechos sociales o de protección, se consideran obligatorios y son pasivos; son el derecho a la vida, a la salud, a la educación, a la vivienda, al trabajo, y podríamos incluir el derecho a una vida familiar y, cuando ésta falta, el derecho a formas alternativas de familia. Los derechos de participación se necesitan para crecer como persona, se consideran voluntarios y deben ser activos; en la Convención son el derecho de opinión; de libertad de expresión; de libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; de libertad de asociación; de protección de la vida privada y el derecho a una información adecuada. La satisfacción de los derechos de supervivencia requiere una conducta activa del Estado: inversiones, recursos…
Respuesta:
derecho participativo
Explicación: