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Respuesta:Si se crean las Regiones, deben desaparecer los Departamentos. Así de sencillo y de dramático o doloroso. Dividir funciones y competencias entre las regiones y los departamentos es teóricamente viable, pero postizo y artificial en la práctica. Además, el país no tiene recursos, ni los contribuyentes capacidad tributaria, para sostener dos niveles territoriales de gobierno que exigen, cada uno, su propia estructura administrativa y su correspondiente aparato burocrático, cuando uno sólo sería suficiente para cumplir las atribuciones que separadamente se les asignen.
Por lo anterior, siempre hemos tenido tres administraciones territoriales.
Una nacional, que ejerce sus funciones en toda la geografía patria; otra local, que las cumple en cada uno de los municipios y distritos, y una intermedia entre las dos anteriores, que, según la época, estuvo representada por las provincias, los Estados soberanos, los departamentos y las desaparecidas intendencias y comisarías. Nunca creamos el cuarto nivel territorial, que algunos piden se organice con el nombre de región.
El debate sobre cuál administración intermedia convenía institucionalizar lo adelantó la constituyente del 91, que no tuvo valor político para tomar la decisión que debía adoptar, entre otras razones, porque las fuerzas políticas que la componían y el gobierno de la época no se comprometieron decididamente con ninguna de las propuestas presentadas. Por ello, en vez de optar por uno de los tres niveles intermedios posibles, autorizó tres: región, departamento y provincia. Le trasladó la responsabilidad al Congreso, que no ha podido hacerlo, razón de más para que tampoco haya aprobado ninguno de los 20 proyectos sobre ordenamiento territorial llevados a su consideración.
Si aprueba el de ahora, tendremos 6 o 7 regiones administrativas y de planificación (así las llama el artículo 306 de la Constitución). De pronto más, porque todos los departamentos querrán su parte en los recursos que para ellas destine el fondo de compensación regional o el nuevo reparto de las regalías. Esas regiones, en buen romance, serán mera asociación de los departamentos que de ellas hagan parte. Esa será su naturaleza jurídica y su condición administrativa. No tendrán más autonomía ni más poderes de los que tengan los departamentos agrupados. Con otras palabras, revivirán las regiones de planificación que, con el nombre de Torpes, creó y autorizó la Ley 76 de 1985 y que desaparecieron 15 años después por ineficientes y costosos. Ninguno financió la construcción de una obra o la prestación de un servicio. Todos fueron paraíso de los consultores: sólo contrataron estudios que enriquecieron los anaqueles oficiales.
Explicación: ESPERO QUE TE SIRVA DAME CORAZONES Y CORONA.