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Mecanismos de actuación coordinada. Se han emitido normas especiales para que sistemas judiciales, policiales y otros servicios esenciales (como salud, protección, etc.) atiendan a las víctimas de forma coordinada e ininterrumpida durante el COVID-19. En Perú, por ejemplo, el Decreto 1470 protege a mujeres e integrantes del grupo familiar con medidas que privilegian la salida del agresor del hogar e impiden el contacto con sus víctimas. Ecuador emitió el Acuerdo Nacional 2030“Por una vida libre de violencias”que habilita una comisión mixta para prestar servicios especializados y 30 unidades judiciales. Colombia, con el Decreto 460/20, fortaleció capacidades de actuación de las Comisarías de Familia, principales autoridades para atender casos de violencia familiar en el país.
Herramientas multicanal de medios remotos y presenciales. Se han implementado rápidamente estrategias mixtas bajo protocolos de bioseguridad. Por ejemplo, el teletrabajo de servidores públicos y la atención por medios telemáticos y/o video audiencias están permitiendo a los sistemas de justicia y autoridades adoptar medidas de protección a víctimas casi en tiempo real. Las líneas telefónicas de emergencia definieron protocolos diferenciados y especiales como en el caso de Perú y Ecuador que brindan atención en lenguas nativas a comunidades indígenas. También, se reforzaron estrategias presenciales como Patrullas en Casa, centros de acogida o refugio, equipos itinerantes, y centros de atención especializados en fronteras para poblaciones migrantes en riesgo.
Comunicación como estrategia de atención. gobiernos habilitaron múltiples campañas en ambientes digitales, especialmente redes sociales, como #SinElVirusdeLaViolencia, Mujer Ecuador te Acompaña de la Secretaría de Derechos Humanos del Ecuador, kits virtuales del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables en Perú. También se han adaptado contenidos en medios cercanos al ciudadano como radios comunitarias o perifoneo en barrios y zonas rurales.