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espero que te sirva
Explicación:
A partir del 1o. de enero de 1983, las tarifas del impuesto predial, incluidas todas las sobretasas municipales, serán fijadas por los concejos Municipales y el Distrito Especial de Bogotá, entre el 4 y el 12 por mil, en forma diferencial, teniendo en cuenta la destinación económica de cada predio.
Saludos!!
alejo2094sanchez:
gracias
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1
Descripción: Por la cual se fortalecen los fiscos de las entidades territoriales y se dictan otras disposiciones. Este documento es de tipo Leyes y pertenece a Normatividaddel Marco Legal de la Entidad.
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