• Asignatura: Derecho
  • Autor: ivethces17
  • hace 6 años

El articulo 28 colombiana prohibe

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Respuesta dada por: marinaaguilar299
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ARTICULO 28.

Toda persona es libre. Nadie puede ser molestado en su persona o familia, ni reducido a prisión o arresto, ni detenido, ni su domicilio registrado, sino en virtud de mandamiento escrito de autoridad judicial competente, con las formalidades legales y por motivo previamente definido en la ley.


ivethces17: Prohibe ser molestado?
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