que derecho garantiza el artículo 66 de la Constitución nacional​

Respuestas

Respuesta dada por: sebastianmph02
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me se la respuesta

Explicación:

búscala en Google perdón si no te sirve ;v yo hago mis tareas desde ahí

Respuesta dada por: lotusariana
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Constitución Nacional Nacional
Artículo 66.

Cada Cámara hará su reglamento y podrá con dos tercios de votos, corregir a cualquiera de sus miembros por desorden de conducta en el ejercicio de sus funciones, o removerlo por inhabilidad física o moral sobreviniente a su incorporación, y hasta excluirle de su seno; pero bastará la mayoría de uno sobre la mitad de los presentes para decidir en las renuncias que voluntariamente hicieren de sus cargos.
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