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2
Respuesta:
Se reputan bienes muebles los susceptibles de apropiación, y en general todos los que se pueden transportar de un punto a otro sin menoscabo de la cosa inmueble a la que estuviesen unidos.
Explicación:
DAME CORONITA
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1
Cuáles son los bienes susceptibles de apropiación?
El Código Civil realiza una clasificación de los bienes distinguiéndolos entre bienes muebles y bienes inmuebles. ... La norma deja muy claro que todas las cosas que son o pueden ser objeto de apropiación se consideran como bienes muebles o inmuebles.
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