9.- Si en virtud del artículo 47 si la empresa tiene pérdidas anuales y ya había anticipado algo de
dinero a los trabajadores lo que corresponde es que
a) El trabajador devuelva esa diferencia
b) El trabajador no debe devolver esa diferencia
c) Es el servicio de impuestos internos quien paga esa diferencia
d) Al año siguiente si obtiene utilidades se descuenta la gratificación ya pagada a los
trabajadores
e) Ninguna de las anteriores
I​

Respuestas

Respuesta dada por: mayra527sarahi
1

A)El trabajo devuelva esa diferencia

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