• Asignatura: Historia
  • Autor: montielmedranoyahir
  • hace 6 años

¿Es posible respetar, valorar y
mantener viva nuestra herencia
culturar y al mismo tiempo
seguir enriqueciéndola?
R= conrta por favor

Respuestas

Respuesta dada por: keikoAG
9

Respuesta:

Para construir una sociedad justa la Ley de Educación Nacional Nº 26.206

propone a la educación como una prioridad nacional, constituyéndola en política

de Estado. En este sentido, la Ley explicita entre los fines y objetivos de la

política educativa (Cap. II Art. 11 c):

Brindar una formación ciudadana comprometida con los valores

éticos y democráticos de participación, libertad, solidaridad,

resolución pacífica de conflictos, respeto a los derechos

humanos, responsabilidad, honestidad, valoración y

preservación del patrimonio natural y cultural.

1

(p.10)

En este contexto, el Gobierno de la Provincia de Córdoba a través de su

Ministerio de Educación, reafirma el compromiso asumido con la Ley Nº 26.206,

promoviendo la apropiación crítica y responsable por parte de los sujetos del

entorno cultural en el cual habitan, y donde encuentran las raíces constitutivas

de su identidad nacional y local.

El Ministerio de Educación de la Provincia, a través de la Subsecretaría de

Promoción de la Igualdad y Calidad Educativa, en el marco de las “Actividades

Educativas destinadas a la Formación Ciudadana” ha creado el área de

Patrimonio Cultural, con el propósito de que la praxis educativa se encuentre

involucrada directamente en la creación de ciudadanía. Se considera al

Patrimonio Cultural como un eje transversal que propicia el fortalecimiento de la

identidad, el reconocimiento de la diversidad, el respeto de los Derechos

Humanos y la construcción de ciudadanía.

Una auténtica democratización de la cultura implica instrumentar estrategias que

permitan un acceso equitativo al conocimiento y a la comprensión de un pasado

que se hace presente con la difusión crítica de la memoria colectiva. Este acceso

se facilita por medio de acciones culturales y experiencias pedagógicas de

calidad (Carretero, 2007).

Los docentes en tanto "intelectuales públicos" podemos desarrollar un rol

fundamental, ofreciéndoles a nuestros estudiantes lenguaje y conocimiento que

los convierta en agentes transformadores de la sociedad cuando sea necesario;

entendiendo de esta manera, la función social de la tarea docente como una

práctica ética y política (Giroux, 1990).

Las prescripciones de la Ley Nº 26.206 están presentes en los Núcleos de

Aprendizajes Prioritarios, en los cuales se considera a los niños/as y jóvenes

“sujetos sociales portadores de una historia social culturalmente construida”


montielmedranoyahir: dije corta >:V pero gracias
montielmedranoyahir: aunque no sea una repuesta obvia pero bueno quiero agradecerte por esforzarte
keikoAG: grax
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