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Respuesta: la Declaración Universal de los Derechos Humanos menciona que todas las personas son libres e iguales en derechos; es decir, da reconocimiento a la dignidad humana, plasmada en tratados internacionales, así como en diversas legislaciones. Pero, ¿a qué se refiere esa dignidad? A la protección y la garantía de que cada ser humano constituya la base del Estado de derecho; deriva del respeto a uno mismo y a los demás. La dignidad humana es el derecho que tiene cada uno de ser valorado como sujeto individual y social, en igualdad de circunstancias, con sus características y condiciones particulares, por el solo hecho de ser persona. No se trata de una igualdad biológica porque, evidentemente, los rasgos fisiológicos y psíquicos del hombre y la mujer son distintos. Su igualdad se basa en que ambos son personas —cuya naturaleza racional los diferencia del resto de los seres vivos— capaces de expresar sus ideas, así como de elegir su profesión o vocación; con el único límite de respetar la dignidad de los demás, poniendo en práctica el principio de respeto, el cual implica reconocer el derecho ajeno para poder vivir en paz y tranquilidad, y el principio de benevolencia, esto es, la cualidad del ser humano de tomar acciones que beneficien a los demás. Por el contrario, se oponen a la dignidad humana, los tratos indecorosos humillantes y discriminatorios, así como la desigualdad. Así, se debe entender a la dignidad de las personas como el derecho fundamental de realizar su destino, su propia esencia. Como seres dignos y valiosos, somos merecedores del derecho a la vida, a la libertad, a la educación, a la obtención de un trabajo, a poseer una vivienda, a constituir una familia, a tener alimentación saludable, entre otros. Por ello, es necesario reflexionar sobre el tema, cuidarnos y valorarnos en lo individual para ver reflejado ese derecho en la colectividad, y así avivar el sentimiento de humanidad e impere el respeto de la dignidad humana.