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La minoridad es la condición en que se hallan los menores frente a la justicia y el Derecho, entendiéndose por menores a aquellos que no han llegado a la edad, fijada presuntivamente por la ley, con presunción iuri et de iure ( o sea, no se admite una prueba que demuestre que el menor ya tiene el discernimiento
Explicación:
osea a la justicia y el derecho se lo llamó minoridad real espero averte ayudado me das mi corona:)
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