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El presente artículo tiene por propósito sugerir, siguiendo a Ronald Coase y Douglas North —ambos ganadores del Premio Nóbel de Economía— que la estructura institucional de un país no es indiferente al resultado económico del mismo y, por consiguiente, el carácter mercantilista de la economía peruana tiene relación directa con el subdesarrollo del país1.
Para el efecto, empezaremos con una breve reseña acerca de la economía mercantilista y concluiremos presentando como hipótesis de trabajo que determinadas características de nuestro sistema jurídico son sus consecuencias lógicas.
El mercantilismo
En términos generales la teoría económica sugiere que existen dos tipos de capitalismo. El capitalismo antidemocrático, donde la propiedad y la empresa privada son un privilegio, donde no existe competencia y, por consiguiente, los ciudadanos no tienen derechos sino concesiones graciosas de la autoridad estatal. En el, por cierto, no existe un estado de derecho en el sentido de una ley que pueda limitar el poder. Este capitalismo antidemocrático recibe en la historia económica, el nombre de mercantilismo2.
Frente al mercantilismo existe un tipo de capitalismo democrático, según el decir de Michael Novak3, en el que los individuos tienen derechos —por ejemplo la propiedad privada, o la empresa privada— y donde la competencia es una obligación social: se compite porque conviene a la sociedad que se compita. Este capitalismo democrático, generalmente es denominado por la historia económica como economía de mercado y es una etapa de desarrollo posterior del mercantilismo.
Así, por ejemplo, Max Weber dice que: “Todo lo que existió antes del siglo XVIII fueron diversas clases de un capitalismo de tipo irracional”. “El mercantilismo es la traslación del afán de lucro capitalista al seno de la política. El estado procede como si estuviera única y exclusivamente integrado por empresarios capitalistas; la política exterior descansa en el principio de aventajar al adversario, comprándole lo más barato posible y vendiéndole lo más caro que se pueda. La finalidad más alta consiste en robustecer hacia el exterior el poderío del Estado (...). En el orden teórico este sistema se apoyó en el catecismo de la balanza comercial, la cual enseñaba que sobreviene el empobrecimiento de un país tan pronto como el valor de las importaciones supera al de la exportación; esta teoría se desarrolló en Inglaterra desde el siglo XVI (...)”4.
La historia económica del capitalismo es en realidad la historia de pasar de la economía mercantilista, del capitalismo antidemocrático, a la economía de mercado, al capitalismo democrático. El elemento central que marca la diferencia institucional entre los dos sistemas, es la existencia de un estado de derecho.
Siguiendo a Max Weber “Para que la explotación económica capitalista proceda racionalmente, precisa confiar en que la justicia y la administración seguirán determinadas pautas. Ni en la época de la poli helénica, ni en los estados patrimoniales de Asia, ni en los países occidentales hasta los Estuardos pudo garantizarse tal cosa. La arbitrariedad de la justicia, con su otorgamiento de mercedes, trajo constantes perturbaciones en los cálculos peculiares de la vida económica...”5.
En efecto, la economía mercantilista estuvo sometida al arbitrio del poder, no a la estabilidad de las normas jurídicas. Se podría decir que regía una ley, pero divorciada de la realidad, al punto de que en lugar de estado de derecho existía un estado de legalidad.