¿Cómo está formado y

organizado el sistema político de El Salvador artículo 71-

72-73-74-75-76

lo necesito pronto ayuda​

Respuestas

Respuesta dada por: lisa257
4

Respuesta:

Art. 71 Son ciudadanos todos los salvadoreños mayores de dieciocho años.

Art. 72.- Los derechos políticos del ciudadano son:

1º.- Ejercer el sufragio;

2º.- Asociarse para constituir partidos políticos de acuerdo con la ley e ingresar a los ya

constituidos;

3º.- Optar a cargos públicos cumpliendo con los requisitos que determinan esta

Constitución y las leyes secundarias.

Art. 73.- Los deberes políticos del ciudadano son:

1º.- Ejercer el sufragio;

2º.- Cumplir y velar porque se cumpla la Constitución de la República;

3º.- Servir al Estado de conformidad con la ley.

El ejercicio del sufragio comprende, además, el derecho de votar en la consulta popular directa,

contemplada en esta Constitución.

Art. 74.- Los derechos de ciudadanía se suspenden por las causas siguientes:

1º.- Auto de prisión formal;

2º.- Enajenación mental;

3º.- Interdicción judicial;

4º.- Negarse a desempeñar, sin justa causa, un cargo de elección popular; en este

caso, la suspensión durará todo el tiempo que debiera desempeñarse el cargo

rehusado.

Art. 75.- Pierden los derechos de ciudadano:

1º.- Los de conducta notoriamente viciada;

2º.- Los condenados por delito;

3º.- Los que compren o vendan votos en las elecciones;

4º.- Los que suscriban actas, proclamas o adhesiones para promover o apoyar la

reelección o la continuación del Presidente de la República, o empleen medios directos

encaminados a ese fin;  

5º.- Los funcionarios, las autoridades y los agentes de éstas que coarten la libertad del

sufragio.

En estos casos, los derechos de ciudadanía se recuperarán por rehabilitación expresa

declarada por autoridad competente.

Art. 76.- El cuerpo electoral está formado por todos los ciudadanos capaces de emitir voto.

Explicación:

Nose si es esto

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