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La fe pública se encuentra encargada a los Notarios y a funcionarios públicos y no es igual en todos los casos, es decir que la fe pública es distinta, conforme esté encargada a determinados funcionarios, por lo cual podemos hablar de fe pública notarial
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Ejemplo de uso: El secretario judicial da fe pública judicial de que se ha celebrado el juicio.
Explicación:
Eso me enseñaron a mi.
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