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Explicación:
Los derechos humanos y el antisemitismo después de Gaza
Resumen
Este artículo analiza las consecuencias de las últimas masacres israelíes en Gaza en
relación con sus consecuencias globales en lo que concierne a los derechos humanos y
el antisemitismo global en la actualidad. La primera parte examina las consecuencias de
Gaza a la luz de los Derechos Humanos. La segunda es un análisis de las consecuencias
de Gaza en lo que respecta al antisemitismo global. La última parte analiza el
Fundamentalismo en el mundo actual.
Los Derechos Humanos después de Gaza
Cualquier análisis sobre los Derechos Humanos hoy en día debe
reconocer los siguientes tres postulados:
1o
Los Derechos Humanos a mediados del siglo XX son una continuación
de los diseños Globales/Coloniales occidentales de los Derechos de
Pueblos en el siglo XVI y de los Derechos del Hombre en el siglo XVIII.
Como parte de sus diseños globales/coloniales Occidente construyó
durante siglos diversos discursos globales/coloniales que se sustituyeron
a través del tiempo. En primer lugar, los Derechos de Pueblos en el siglo
XVI fueron un problema de Francisco de Vitoria, Ginés Sepúlveda y de
Bartolomé de las Casas, como parte de la colonización del continente
americano por el imperio español. Su problema era cómo definir las
personas que encontraban en el Nuevo Continente. El debate sobre los
Derechos de Pueblos se dio dentro de las elites eclesiásticas del imperio
español sin considerar siquiera una sola vez el deseo y los puntos de
vista de los sujetos coloniales. Sin embargo, se convirtió en el discurso
principal de la expansión colonial europea durante la hegemonía
española del «sistema-mundo capitalista/patriarcal occidentalocéntrico/
cristianocéntrico moderno/colonial» (Grosfoguel, 2005) que se funda en el
siglo XVI. El discurso sobre los Derechos de Pueblos estaba ligado desde
su origen a un proyecto Universalista definido provincialmente desde una
cosmología cristianocéntrica. Segundo, una vez definidos los Derechos
de Pueblo, los Derechos del Hombre se convirtieron en el diseño global/
colonial en el nuevo proyecto secular de la Ilustración en el siglo XVIII.
Los Derechos del Hombre en la Ilustración continuaron el concepto
occidentalo-céntrico y patriarcal de lo Humano que comenzó con los
Derechos de Pueblos. Las mujeres de todos los colores y los pueblos
no occidentales fueron dejados por fuera del concepto de los Derechos
del Hombre. Como lo ha discutido en detalle Eze (1997), el proyecto
kantiano del sujeto trascendental y de los Derechos del Hombre se
enunció más claramente en los Escritos antropológicos de Kant. Kant
concibió la raza blanca como superior a todas las demás razas y como
la única con acceso a la razón. Tras la puerta del sujeto trascendental
de Kant se esconde un Hombre Blanco. Unos pocos siglos después,
surgieron los Derechos Humanos a mediados del siglo XX como nuevo
discurso bajo la hegemonía estadounidense en un contexto donde las
formas abiertas de colonialismo ya habían sido derrotadas por las luchas
anticoloniales en el Tercer Mundo. Los Derechos Humanos siguieron
y combinaron elementos de los Derechos de Pueblos y los Derechos
del Hombre en el nuevo proyecto desarrollista de la era postcolonial
inaugurado por el surgimiento de la hegemonía estadounidense en el
sistema-mundo. El primer artículo de la Declaración Universal de los
Derechos Humanos de 1948 en la ONU dice: Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos,
y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse
fraternalmente los unos con los otros.