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Respuesta:
Chile se rige por un Estado de Derecho, que se encuentra configurado por la Constitución y las leyes. Además, la Constitución establece que la administración del Estado será funcional y territorialmente descentralizada o desconcentrada en su caso, en conformidad a la ley.
Explicación:
Respuesta:
Chile se rige por un Estado de Derecho, que se encuentra configurado por la Constitución y las leyes.
Estas normas configuran a nuestro país como una república democrática (artículo 4º), es decir, posee una forma de gobierno representativa, basada en valores de dignidad, igualdad y libertad humana, conjuntamente con el principio de la autodeterminación de los pueblos y respeto a los derechos humanos, entre otros.
El Estado de Chile es unitario, lo que significa que cuenta con un solo centro político de impulsión central, cuyos órganos son establecidos por la Constitución Política. A su vez, el territorio se divide en regiones y estas en provincias, las cuales para efectos de su administración interior se dividen en comunas, encabezadas por alcaldes que son democráticamente electos.
Además, la Constitución establece que la administración del Estado será funcional y territorialmente descentralizada o desconcentrada en su caso, en conformidad a la ley.
El Gobierno y la Administración del Estado corresponden al Presidente de la República, quien es el Jefe del Estado.
Los ministros de Estado son colaboradores directos e inmediatos del Primer Mandatario en las labores de administración y de gobierno. Por su parte, los Gobiernos Regionales son órganos públicos encargados de la administración de cada una de las quince regiones de Chile. Estos tienen por objeto el desarrollo cultural, social y económico de las respectivas regiones, gozando de personalidad jurídica de Derecho Público, con funciones y patrimonio propio. La sede de estos gobiernos se encuentra en la ciudad capital regional. Lo encabeza el Intendente, el cual es de la exclusiva confianza del Presidente de la República y constituye el órgano ejecutivo de la región. Preside el Consejo Regional (CORE), órgano público, colegiado de carácter normativo, resolutivo y fiscalizador a nivel regional, que tiene entre sus máximas atribuciones aprobar los planes de presupuesto del gobierno regional, ajustados a la política nacional de desarrollo y al presupuesto de la nación, como también resolver la inversión de los recursos consultados para la región en el Fondo Nacional de Desarrollo Regional, sobre las bases de propuestas que formula el Intendente.
La administración local de cada comuna reside en una municipalidad, que es una corporación autónoma de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuya finalidad es satisfacer las necesidades de la comunidad local y asegurar su participación en el proceso económico, social y cultural de la comuna. Ella está constituida por un Alcalde, que es su máxima autoridad, y por el concejo integrado por concejales, todos quienes son elegidos por sufragio universal y duran en sus cargos cuatro años, pudiendo ser reelegidos.
El Poder Legislativo lo ejerce el Congreso Nacional, que está compuesto por el Senado y la Cámara de Diputados. Ambas concurren a la formación de las leyes en conformidad con la Constitución y las leyes. En tanto la facultad de conocer de las causas civiles y criminales, de resolverlas y de hacer ejecutar lo juzgado, pertenece exclusivamente a los tribunales de justicia establecidos por la ley.
Espero haberte ayudado.