3. El juicio en Derecho
I. En el Derecho, este acto puede ser en concreto la última
fase factible, pero no de todo punto de vista necesario.
II. En sentido general
, el juicio es un acto de proceso men.
tal
que tiene por objeto formar una opinión o establecer
clasificaciones, contrastes o una elección entre diversas
posibilidades.
I. Existen muchos juicios que no desembocan en una
resolución, sentencia o veredicto, sino en virtud de un
arreglo entre las partes.
IV. Juicio es, por tanto, una institución o conjunto de actos
solemnes, detallados en la ley, a través de los cuales se
resuelven los conflictos de intereses entre las partes.
a) I-II-IV-III
c) II-I-III-IV
e) III-II-I-IV
b) II-III-IV-I
d) III-II-IV-I
Respuestas
Respuesta dada por:
1
Respuesta:
en orden para poderle servir
Respuesta dada por:
10
Respuesta:
b)
Explicación: En sentido general , el juicio es un acto de proceso men tal que tiene por objeto formar una opinión o establecer clasificaciones, contrastes o una elección entre diversas posibilidades. En el Derecho, este acto puede ser en concreto la última fase factible, pero no de todo punto de vista necesario. Existen muchos juicios que no desembocan en una resolución, sentencia o veredicto, sino en virtud de un arreglo entre las partes. Juicio es, por tanto, una institución o conjunto de actos solemnes, detallados en la ley, a través de los cuales se resuelven los conflictos de intereses entre las partes.
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