Respuestas
dejar los libros en sus respectivos estantes
Respuesta:
BIBLIOTECA CRA.
La biblioteca CRA es un instrumento para facilitar el proceso educativo, pues busca intervenir activa y abiertamente en la solución de proyectos, intereses, tareas y necesidades de cada uno de los usuarios. Por ello, sus deberes son múltiples y van desde el apoyo formal de los requerimientos curriculares, hasta otro tipo de labores más lúdicas y recreativas, pero que tienen una indiscutible incidencia en las prácticas pedagógicas.
OBJETIVO La biblioteca escolar busca generar instancias de encuentro y aprendizaje a través de experiencias significativas vinculadas al proceso de enseñanza, lo recreacional y la vida cotidiana. El siguiente protocolo nos presenta normas básicas que rigen el funcionamiento de la biblioteca escolar del colegio y uso de la misma, así como los deberes de los usuarios.
ART. N°1 - TIPOS DE SERVICIOS La Biblioteca Escolar ofrece a sus usuarios los siguientes servicios: Circulación de materiales (préstamo a domicilio) Referencia y consulta (búsqueda y uso de fuentes de información) Acceso a computadores e internet. Áreas de lectura. Actividades de extensión pedagógica: charlas, clases expositivas.
ART. N°2 – HORARIOS El horario de atención será de conocimiento de los usuarios y se difundirá oportunamente. Además los usuarios podrán usar la biblioteca CRA en los horarios destinados al recreo. La biblioteca contará con una coordinadora y encargada, quienes serán responsables de la unidad. Sin embargo, el docente que ocupe el recinto con alumnos, deberá velar por la conducta apropiada de ellos. Los alumnos no podrán hacer uso del recinto sin personal de biblioteca presente o a cargo de un profesor. ART. N°3 – USUARIOS Alumnos, desde Pre-kinder a Octavo año básico, con matrícula en nuestro establecimiento. Docentes, Asistentes de la Educación y Directivos.
ART. N°4 – OBLIGACIONES DE LOS USUARIOS No ingresar alimentos o bebidas al interior de la biblioteca. No hacer uso de teléfonos celulares u otras tecnologías. Mantener y respetar el ambiente de orden, limpieza y estudio silencioso. Al retirarse, dejar los libros o el material utilizado en su lugar. Conservar y devolver los préstamos, el material bibliográfico o el didáctico, en el plazo otorgado y en las mismas condiciones en que le fue facilitado.
ART. N°5 - PRÉSTAMOS Préstamo en sala: se aplica a todos aquellos recursos que por su contenido particular uso o valor, no se facilitan a domicilio, sino solo dentro de la biblioteca o sala de clase. Préstamo a domicilio: permite llevar un libro de biblioteca al hogar, el cual deberá ser devuelto en la fecha solicitada.
ART. N°6 - DEPENDENCIAS En caso que los docentes quisieran solicitar las dependencias o recursos de la biblioteca para la realización de clases, se debe solicitar con anticipación (un día, o un módulo de clases). Durante la permanencia en la biblioteca, el docente a cargo debe velar que las dependencias queden limpias y ordenas, o en su efecto colaborar con el personal en dichas funciones cuando la actividad se finalice. En caso de pérdidas o deterioros de algún material, la responsabilidad será del curso y profesor que haya trabajado en esa jornada.
ART. N°7 - USO DE INTERNET El uso del computador está destinado a trabajos y actividades académicas. No está permitido jugar, chatear, ingresar a redes sociales (Facebook, Twitter, etc.) No está permitido sacar o manipular computadores fuera de la biblioteca.
ART. N°8 – INFRACCIONES Retraso en la devolución del material facilitado. El deterioro, destrozo o pérdida del material bibliográfico, didáctico o audiovisual solicitado. El deterioro de las instalaciones y mobiliario de la biblioteca.
ART. N°9 - SANCIONES Si pierde un libro que recibió en préstamo, debe avisar lo antes posible a la encargada, quien le dará el título y el autor del libro extraviado, dándole un plazo de siete días para reponer la obra. No se aceptará material fotocopiado, en forma de reemplazo por el título perdido. En caso de no cumplir con la devolución, se solicitará la intervención por parte de Dirección o del equipo directivo del establecimiento. Los usuarios que sean sorprendidos dañando las instalaciones o el mobiliario de la biblioteca, se le inhabilitará mientras se evalúa el daño, comunicándole a la Dirección del establecimiento y posteriormente al apoderado.
Explicación: