Respuestas
Respuesta dada por:
1
Respuesta:
Es penado Y dejando la ética de lado esta muy mal es un acto inmoral
Explicación:
El artículo 237 del Código penal castiga con una pena de un año y cuatro meses a seis años de prisión, como reo del delito de incesto, a quien «realice acceso carnal u otro acto sexual con un ascendiente, un descendiente, adoptante o adoptivo, o con un hermano o hermana».
Preguntas similares
hace 4 años
hace 4 años
hace 7 años
hace 7 años
hace 8 años
hace 8 años