dar ejemplos de empresas juridicas​

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Respuesta dada por: sofiavargas2608
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Respuesta:

Explicación:

Los tipos de empresas / formas jurídicas a las que nos podemos acoger son:

Empresario individual

Sociedad Limitada (S.L.)

Sociedad Anónima (S.A.)

Asociaciones sin ánimo de lucro

Sociedad Colectiva

Sociedad Comanditaria

Comunidad de Bienes

Sociedad Cooperativa

Empresario individual

Es la persona física que realiza en nombre propio y por medio de una empresa, una actividad comercial, industrial o profesional.

Características:

No tiene una regulación legal específica y está sometido en su actividad empresarial a las disposiciones generales del Código de Comercio en materia mercantil y a lo dispuesto en el Código Civil en materia de derechos y obligaciones.

Control total de la empresa por parte del propietario, que dirige su gestión.

La personalidad jurídica de la empresa es la misma que la de su titular (empresario), quien responde personalmente de todas las obligaciones que contraiga la empresa.

No existe diferenciación entre el patrimonio mercantil y su patrimonio civil.

No precisa proceso previo de constitución. Los trámites se inician al comienzo de la actividad empresarial.

La aportación de capital a la empresa, tanto en su calidad como en su cantidad, no tiene más límite que la voluntad del empresario.

Ventajas:

Es una forma empresarial idónea para el funcionamiento de empresas de muy reducido tamaño.

Es la forma que menos gestiones y trámites requiere puesto que no hay que realizar ningún trámite de adquisición de la personalidad jurídica.

Puede resultar más económico, dado que no crea persona jurídica distinta del propio empresario.

Inconvenientes:

Responde con su patrimonio personal de las deudas generadas en su actividad.

Si el empresario o empresaria están casados puede dar lugar a que sus actividades alcancen al otro cónyuge, según la clase de bienes. Los bienes propios de los cónyuges empresarios quedan obligados a los resultados de la actividad empresarial, mientras que los bienes gananciales pueden quedar obligados por consentimiento expreso o por presencia y consentimiento.

Los bienes privativos del cónyuge del empresario pueden quedar obligados por consentimiento expreso en escritura pública.

Si su volumen de beneficio es importante, puede estar sometido a tipos impositivos muy elevados (las Sociedades tributan al tipo fijo del 35% sobre los beneficios, mientras la persona individual tributa por tipos más elevados cuanto mayor es su volumen de renta).

Sociedad Limitada (S.L.)

Es una sociedad de naturaleza mercantil, con un capital determinado, integrado por las participaciones sociales de los socios, con la gran ventaja de que éstos no responderán personalmente de las deudas sociales (la responsabilidad del socio por las deudas está limitada a las aportaciones que haya realizado), ni siquiera cuando se agote el patrimonio social ya que no tienen responsabilidad subsidiaria.

La administración de una sociedad está más burocratizada puesto que es utilizada por empresas con un gran número de trabajadores, siendo uno de los mayores inconvenientes el que el capital social se compone de participaciones y en el caso de querer transferir a otra persona supone ciertas dificultades burocráticas.

Características:

La Ley 2/1995 de 23 de marzo regula las sociedades de responsabilidad limitada, a partir de la cual se pueden constituir S.L. unipersonales.

Se trata de una sociedad de carácter predominantemente capitalista.

No puede atraer capitales ajenos por medio de la emisión de obligaciones.

El capital social no podrá ser inferior a 3.000 euros, y se desembolsará íntegramente desde su origen.

Su gestión y representación se encomienda a órganos específicos tales como la Junta General y Administradores.

En la denominación de la compañía deberá figurar la indicación de "Sociedad de Responsabilidad Limitada", "Sociedad Limitada", o sus abreviaturas " S.R.L" o "S.L".

Aunque lo normal es que haya dos socios o más, también existe la modalidad de Sociedad Limitada Unipersonal. Surge como respuesta del empresario individual para ejercitar su industria o comercio con responsabilidad limitada frente a sus acreedores.

Pueden darse dos tipos de sociedades unipersonales:

La constituida por un único socio, sea persona natural o jurídica.

La constituida por 2 o más socios cuando todas las participaciones hayan pasado a ser propiedad de un único socio.

Necesariamente habrán de constar en escritura pública que se inscribirá en el Registro Mercantil.

El socio único ejercerá las competencias de la Junta General, sus decisiones se consignarán en acta bajo su firma o la de su representante, pudiendo ser ejecutadas y formalizadas por el propio socio o por los administradores de la sociedad.


rosylean7741: me preguntan en el trabajo practico,cita dos ejemplos de empresas con sus formas jurídicas 6 a qué se dedican cada una de ellas
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