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Respuesta:
Sobre la base que establece la aprobación y ratificación de la Convención y con el
concurso y participación de los ciudadanos colombianos y de las organizaciones de la
sociedad civil, en febrero de 2013 fue promulgada la Ley Estatutaria 1618. Esta ley tiene
por objetivo garantizar y asegurar el ejercicio efectivo de los derechos de las personas
con discapacidad, mediante la adopción de medidas de inclusión, de acciones afirmativas,
de ajustes razonables y de la eliminación de toda forma de discriminación por razón de
discapacidad.
El gran avance de esta ley está en el hecho de que se asignan responsabilidades
concretas a actores específicos en relación con la expedición de políticas, acciones y
programas o con las ejecuciones de ajustes razonables que contribuyan a garantizar el
ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad y su inclusión plena.
Igualmente contempla acciones transversales que comprometen a los diferentes sectores,
al igual que establece deberes para la sociedad civil.
Así mismo, la Ley Estatutaria 1618 de 2013 dicta medidas específicas para garantizar los
derechos de los niños y las niñas con discapacidad, el acompañamiento a las familias, el
derecho a la habilitación y rehabilitación, a la salud, a la educación, a la protección social,
al trabajo, al acceso y accesibilidad, al transporte, a la vivienda, a la cultura y al acceso a
la justicia, entre otros