¿Qué uso le da el Perú a los recursos naturales?

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Respuesta dada por: chirikatakira
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Respuesta:Esta Ley define que se entiende por recursos naturales y menciona algunos de ellos, dejando abierta la posibilidad de incorporar otros en la medida que sean componentes de la naturaleza susceptibles de ser aprovechados por el ser humano para la satisfacción de sus necesidades y que tengan un valor actual o potencial en el mercado.

Explicación:

La Constitución vigente de 1,993 bajo el Capítulo del Ambiente y Recursos Naturales, establece que los recursos naturales, renovables y no renovables, son patrimonio de la Nación, siendo el Estado soberano en su aprovechamiento;  agregando que por ley orgánica se fijan las condiciones de su utilización y otorgamiento a particulares; así mismo define en términos generales que la  concesión otorga a su titular un derecho real, sujeto a dicha norma legal y que el Estado promueve el uso sostenible de sus recursos naturales.

La soberanía del Estado, reconocida en la constitución se traduce en la competencia que tiene para legislar y ejercer funciones ejecutivas - jurisdiccionales sobre los recursos naturales, considerando su diversidad y especialidad en su tratamiento y manejo.

Respuesta dada por: sofia1458
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RESPUESTA:

¿QUÉ USO LE DA EL PERÚ A LOS RECURSOS NATURALES?

Esta Ley Orgánica regula el régimen de aprovechamiento sostenible de los recursos naturales como patrimonio de la Nación, en cumplimiento del mandato contenido en la Constitución Política del Perú y en concordancia con lo establecido en el Código del Medio Ambiente y los Recursos Naturales y los convenios internacionales ratificados por el Perú, estableciendo de forma genérica sus condiciones y las modalidades para su otorgamiento a particulares.

La norma busca promover y regular el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, renovables y no renovables, estableciendo un marco adecuado para el fomento a la inversión.

Definición de recursos naturales

Esta Ley define que se entiende por recursos naturales y menciona algunos de ellos, dejando abierta la posibilidad de incorporar otros en la medida que sean componentes de la naturaleza susceptibles de ser aprovechados por el ser humano para la satisfacción de sus necesidades y que tengan un valor actual o potencial en el mercado.

La norma menciona los siguientes recursos naturales:

a.    las aguas: superficiales y subterráneas;

b.    el suelo, subsuelo y las tierras por su capacidad de uso mayor: agrícolas, pecuarias, forestales y de protección;

c.    la diversidad biológica: como las especies de flora, de la fauna y de los microorganismos o protistos; los recursos genéticos, y los ecosistemas que dan soporte a la vida;

d.    los recursos hidrocarburíferos, hidroenergéticos, eólicos, solares, geotérmicos y similares;

e.    la atmósfera y el espectro radioeléctrico;

f.     los minerales;

g.    los demás considerados como tales.

 

h.    El paisaje natural, en tanto sea objeto de aprovechamiento económico, es considerado recurso natural para efectos de la presente Ley.

uso del agua a nivel nacional

La actividad minera formal usa menos del 2% del agua  a nivel nacional

 

composicion del suelo

 

El suelo usado para cultivos agrícolas contiene diversos minerales que requieren las plantas

 

gas y petroleo

 

El Perú tiene diferentes zonas geográficas y 11 ecoregiones que destacan por la variada flora y fauna

Otorgamiento de derechos sobre los recursos naturales

Los derechos para el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales se otorgan a los particulares mediante las modalidades que establecen las leyes especiales para cada recurso natural. En cualquiera de los casos, el Estado conserva el dominio sobre estos, así como sobre los frutos y productos en tanto ellos no hayan sido concedidos por algún título a los particulares.

Para el caso específico de la minería se otorga concesiones mineras, beneficio, labor general  y transporte minero dependiendo de actividad minera que realice

El aprovechamiento de recursos naturales por parte de particulares da lugar a una retribución económica que se determina por criterios económicos, sociales y ambientales, la cual incluye todo concepto que deba aportarse al Estado por el recurso natural, ya sea como contraprestación, derecho de otorgamiento o derecho de vigencia del título que contiene el derecho, establecidos por las leyes especiales.

Como excepción tenemos el canon por explotación de recursos naturales y los tributos se rigen por sus leyes especiales.

Son las leyes especiales que regulan el aprovechamiento sostenible de cada recurso natural las que precisan las condiciones, términos, criterios y plazos para el otorgamiento de los derechos, incluyendo los mecanismos de retribución económica al Estado por su otorgamiento, el mantenimiento del derecho de vigencia, las condiciones para su inscripción en el registro correspondiente, así como su posibilidad de cesión entre particulares, norman el alcance del derecho de aprovechamiento sostenible sobre los recursos naturales, los atributos que se conceden, sean éstos de carácter real o de otra naturaleza.

Aprovechamiento sostenible de los recursos naturales

El aprovechamiento sostenible implica el manejo racional de los recursos naturales renovables teniendo en cuenta su capacidad de renovación, evitando su sobreexplotación y reponiéndolos cualitativa y cuantitativamente, de ser el caso.

ESPERO TE AYUDE :D

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