Respuestas
Respuesta:
primera respueta:
Artículo 262°. El Gobierno y la Administración de los Departamentos con excepción de los servicios de seguridad pública, serán ejercidos por una Junta Departamental y un Intendente. Tendrán sus sedes en la capital de cada departamento e iniciarán sus funciones sesenta días después de su elección.
2 respuesta:
El gobierno departamental es el encargado de crear y desarrollar políticas que impulsen a cada departamento hacia un mejor desarrollo. La cabeza de un gobierno departamental es el Gobernador, quien es elegido democráticamente; esto es por elección popular.
3 respuesta:
La Junta Departamental es el órgano legislativo del gobierno de los departamentos o divisiones administrativas de la República Oriental del Uruguay. De acuerdo a la Constitución, este órgano está ubicado en la capital de cada departamento.
Explicación:
1-. El Gobierno Departamental es la institución constitucional que administra y gobierna como órgano descentralizado del Gobierno Central un espacio territorial denominado departamento.
2-. El Gobierno Departamental es ejercido por el Gobernador y la Junta Departamental.
3-. La junta departamental es el organo legislativo del gobierno de los departamentos o diviciones administrativas de la Republica Oriental del Uruguay . De acuerdo a la Constitucion este organo esta ubicado en la capital de cada departamento
de naras