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Respuesta:
Rey. El Jefe Supremo era el Rey, omnímodo y absoluto, inapelable en sus decisiones.
El Consejo de Indias era un tribunal que tenía la administración de todos los asuntos civiles, militares, eclesiásticos y mercantiles en los dominios españoles de ultramar.
La Casa de Contratación era una oficina que funcionaba en Sevilla desde 1503, con funciones exclusivas al comercio entre España y sus colonias
La Casa de Contratación era una oficina que funcionaba en Sevilla desde 1503, con funciones exclusivas al comercio entre España y sus colonias. Servía de depósito para las compras y ventas de los productos nacionales y extranjeros; concedía los permisos y fijaba la fecha para el zarpe de las flotas, siendo prohibido a naves distintas de las españolas traficar en los puertos hispano-americanos, e intervenía en todos los detalles de la carga, los fletes, el itinerario, etc. Como tribunal de justicia marítima y comercial, juzgaba todos los asuntos de la materia, no pudiendo apelarse de sus fallos sino ante el Consejo de Indias.
Los Virreyes; los Comandantes y los Capitanes Generales. La autoridad más alta residente en las colonias era el Virrey, empleo creado en América cuando descubiertos y conquistados los vastos territorios de Méjico y el Perú, se les erigió en Virreinatos, categoría que más tarde tuvieron también los gobiernos de Santa Fé y Buenos Aires
En otras secciones coloniales el mando correspondía a los Comandantes y Capitanes Generales, funcionarios que ejercían atribuciones ejecutivas y militares.
Los Gobernadores; los Adelantados. Los Gobernadores, colocados en grado inferior a los Comandante y Capitanes Generales, ejercían el mando de las provincias
Las Audiencias Reales. Las Audiencias fueron Tribunales Supremos establecidos en la América desde los primeros años de la conquista, para conocer, en última instancia, de los asuntos civiles de no mayor cuantía, de los criminales y de los eclesiásticos. Toda audiencia estaba compuesta por Magistrados togados llamados Oidores, cuyos fallos, al dictarse en común, tomaban el nombre de Real Acuerdo. De sus sentencias había apelación ante el Consejo de Indias. El periodo de los Oidores era indefinido, y a fin de librarlos de influencias ilegítimas, les estaba prohibido, en el territorio donde ejercieran sus funciones, contraer matrimonio, sacar niños de pila, apadrinar bodas, adquirir propiedades, salvo dos o tres esclavos para su servicio. El Presidente de la Audiencia tenía en ciertas colonias el mando de ellas; como en Panamá, donde a veces un mismo individuó se titulaba Presidente, Gobernador y Capitán General.
Los Cabildos. Los Cabildos o Ayuntamientos eran instituciones electivas de largo funcionamiento en España, establecidas en América por los primeros conquistadores para el manejo del gobierno urbano en las poblaciones de alguna importancia. El Cabildo pleno lo constituían los Regidores, los Alcaldes, el Alférez, el Procurador, los Aguaciles y otros funcionarios. A los Regidores les correspondía la elección anual de los Alcaldes.