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Respuesta:
La ley ha establecido que son servicios públicos domiciliarios los siguientes: Acueducto, Alcantarillado, Aseo, Energía, Gas Combustible y Telefonía pública.
Explicación:
Servicio básico
El sistema de abastecimiento de agua potable.
El sistema de alcantarillado de aguas servidas.
El sistema de desagüe de aguas pluviales, también conocido como sistema de drenaje de aguas pluviales.
El sistema de vías.
El sistema de alumbrado público.
La red de distribución de energía eléctrica.
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