Art. 32. - La salud es un derecho que garantiza el Estado, cuya realización se vincula al ejercicio de otros derechos, entre
ellos el derecho al agua, la alimentación, la educación, la cultura física, el trabajo, la seguridad social, los ambientes
sanos y otros que sustentan el buen vivir.
Art. 16.- Todas las personas, en forma individual o colectiva, tienen derecho a:
1. Una comunicación libre, intercultural, incluyente, diversa y participativa, en todos los ámbitos de la interacción social,
por cualquier medio y forma, en su propia lengua y con sus propios símbolos
2. El acceso universal a las tecnologías de información y comunicación.
3. La creación de medios de comunicación social, y al acceso en igualdad de condiciones al uso de las frecuencias del
espectro radioeléctrico para la gestión de estaciones de radio y televisión públicas, privadas y comunitarias, y a bandas
libres para la explotación de redes inalámbricas.
4. El acceso y uso de todas las formas de comunicación visual, auditiva, sensorial y a otras que permitan la inclusión de
personas con discapacidad.
5. Integrar los espacios de participación previstos en la Constitución en el campo de la comunicación.
porfa es de hurgencia doy 20 puntos
Respuestas
Respuesta dada por:
1
Respuesta:
Es la 1. una comunicación libre intercultural incluyente diversas y participativa en todos los ámbitos de la interacción social por cualquier medio y forma en su propia lengua y con sus propios símbolos
Explicación:
Es esa man
Preguntas similares
hace 4 años
hace 4 años
hace 7 años
hace 7 años