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Se denomina obra colectiva, en Derecho, a una obra de propiedad intelectual que se caracteriza por no haber sido realizada por uno o varios individuos identificables, sino que ha sido creada una persona física o jurídica que la edita y divulga bajo su nombre.
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Se denomina obra colectiva, en Derecho, a una obra de propiedad intelectual que se caracteriza por no haber sido realizada por uno o varios individuos identificables, sino que ha sido creada una persona física o jurídica que la edita y divulga bajo su nombre.
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