Respuestas
ARTÍCULO 10. La presente ley tiene por objeto establecer el marco institucional y orien tar las políticas y acciones por parte del Gobierno para ganar la equidad y la igualdad de oportunidades de las mujeres, en los ámbitos público y privado.
ARTÍCULO 20. La presente ley se fundamenta en el reconocimiento constitucional de la igualdad jurídica, real y efectiva de derechos y oportunidades de mujeres y hombres, en el respeto de la dignidad humana y en los principios consagrados en los acuerdos internacionales sobre esta materia.
La igualdad de oportunidades para las mujeres, y especialmente para las niñas, es parte inalienable, imprescrip tible e indivisible de los derechos humanos y libertades fundamentales
ARTICULO 30. Para el cumplimiento del objeto previsto en el articulo 1o dela presente ley, las acciones del gobierno orientadas a ejecutar el plan de igualdad de oportunidades deben:
A) Promover y garantizar a las mujeres el ejercicio pleno de sus derechos a) políticos, civiles, económicos, sociales y culturales y el desarrollo de su personalidad, aptitudes y capacidades, que les permitirán participar activamente en todos los campos de la vida nacional y el progreso de la Nación;
b) Eliminar los obstáculos que impiden a las mujeres el pleno ejercicio de sus derechos ciudadanos y el acceso a los bienes que sustentan el desarrollo democrático y pluricultural de la Nación,
c) Incorporar las políticas y acciones de equidad de género e igualdad de oportunidades de las mujeres en todas las instancias y acciones del Estado, a nivel nacional y territorial.