• Asignatura: Arte
  • Autor: pena03334
  • hace 6 años

que sentido tiene la obra del cantuña​

Respuestas

Respuesta dada por: valentinabarrosrossi
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Respuesta:

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Explicación

Final2

Cantuña se vio desesperado debido a que vio que los diablillos avanzaban muy rápido, tal como lo ofreciera Lucifer, la obra se culminó antes de la media noche, fue entonces el momento indicado para cobrar el alto precio por la construcción, el «alma de Cantuña». El diablo al momento de ir ante Cantuña a llevarse su alma, éste lo detuvo con una tímida voz, ¡Un momento! – dijo Cantuña. Cantuña había sacado una roca de la construcción y la había escondido muy sigilosamente antes de que los demonios comenzaran su obra. Así Cantuña salvó su alma, y el diablo sintiéndose burlado, se refugió en los infiernos sin llevarse su paga.

La leyenda de Cantuña sugiere una serie de contrataciones y elementos obligacionales que invitan a distintas interpretaciones respecto a las figuras utilizadas por los contratantes, con el fin de cumplir sus obligaciones. De esta manera, se procede a analizar, a manera de pregunta y posibles respuestas, las modalidades obligacionales que se adoptan en la leyenda, al igual que las consecuencias jurídicas de las acciones que envuelven a la leyenda de Cantuña. Siguiendo esta línea de pensamiento, Cantuña podría haber ideado una estrategia jurídica que no lo obligue con el Diablo y evitarse las artimañas de cualquiera de los dos finales. Sin perjuicio de lo expuesto, la evolución del derecho ha permitido que los acreedores cedan sus derechos, con el fin de que el deudor pague a un tercero.

Consecuentemente, para que la cesión de la posición contractual efectuada por Cantuña, se debe cumplir con todos los requisitos. Conforme se desprende de la leyenda, nunca existió una notificación a los franciscanos, quienes evidentemente se habrían negado a trabajar con el Diablo, por lo que la cesión carecería de efectos jurídicos. Sin embargo, se debe considerar que nunca se configuró una cesión de posición contractual, esto en razón de que siempre fue Cantuña quien respondería frente a los franciscanos, por lo que podríamos concluir que de hecho, jamás se vulneraron los derechos de los Franciscanos. Para analizar la validez de ambos contratos, partiendo de lo enunciado en la leyenda, es menester analizar si la obligación era una obligación intuito personae o no.

" "De esta forma, la cesión realizada por Cantuña, sea mediante subcontratación o mediante un contrato espejo, sería inválida, en cuanto se considere que la obligación contiene una prestación intuito personae, más aun considerando que los Franciscanos jamás considerarían aceptable trabajar con el Diablo. " " Sin embargo, de la leyenda se entiende que el contrato se encuentra sujeto a una subcontratación, con la modalidad de contrato espejo. " " Por lo tanto, se entiende que existen dos contratos, uno de Cantuña con los Franciscanos y otro entre Cantuña y el Diablo, por lo tanto no se podría interpretar que se ha celebrado un convenio entre el Diablo y los Franciscanos.

¿Se configuró una novación?

Así, la obligación existente entre los Franciscanos y Cantuña se habría extinto y la obligación persistiría entre el Diablo y los Franciscanos, lo cual sería, ideológicamente inaceptable. De esta forma, podemos concluir que no fue la intención de Cantuña, ni la intención del Diablo, menos aún la de los Franciscanos, el que se configure una novación como modo de extinguir las obligaciones. Al contrario, el indio Cantuña generó una estrategia jurídica que no perjudique su relación con los Franciscanos, obviando la necesidad de una notificación respecto a la cesión, configurando un nuevo contrato con el Diablo, totalmente independiente del contrato celebrado con los Franciscanos. Conforme se ha enunciado, las prestaciones en los contratos parecerían no ser equivalentes, puesto que Cantuña entregaría su alma a cambio de la construcción de un atrio.

Por otro lado, nos encontraríamos frente a una obligación prohibida por el derecho, puesto que el pacto entre el Diablo y Cantuña obedece a un pacto sobre la muerte de un ser humano determinado. De esta manera, la venta del alma de Cantuña se encontraría prohibida por las leyes y en consecuencia nos encontramos frente a una obligación natural, es decir aquella que no confieren el derecho para exigir su cumplimiento, pero si es entregada se autoriza a retener . Así, Cantuña, podría no entregar su alma, considerando que no es una obligación civil, y el Diablo no contaría con acción alguna para exigir su cumplimiento, evitando de esta forma los engaños en los que tuvo que incurrir Cantuña. Sin perjuicio de lo mencionado, se debe analizar si el contrato celebrado entre Cantuña y el Diablo es un contrato sinalgamático.


valentinabarrosrossi: En cuyo caso, se entendería que, en caso de incumplimiento de Cantuña o del Diablo, se extinguían las obligaciones recíprocas de las partes, sin que dé lugar a indemnizaciones o a la exigencia del cumplimiento. Sin perjuicio de que Cantuña haya conocido o no de derecho y sus regulaciones respecto a los plazos , entendemos que su preocupación y necesidad de pactar con el Diablo, surge precisamente del concepto jurídico del plazo fatal.
valentinabarrosrossi: Uno de los aspectos más importantes de la leyenda es el incumplimiento, principalmente por parte del Diablo. En el caso del contrato celebrado entre Cantuña y el Diablo, existe una clara manifestación de voluntad que denota que las partes dieron una especial relevancia a la colocación de todas las piedras, por lo que resulta evidente que el incumplimiento del Diablo sí fue relevante.
pena03334: gracias ❤
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