• Asignatura: Derecho
  • Autor: suhuca
  • hace 6 años

1.- Conforme a la moderna finalidad que debe tener el derecho en la sociedad, ¿Cuál consideras que debe ser esta, a la luz de la actual pandemia que azota a nuestro país? ¿Cuáles deben ser los cambios que deben darse en nuestra legislación? Fundamenta tu respuesta.

Respuestas

Respuesta dada por: Joseisaicastillo
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Respuesta:

Madrid.- Ante la situación de crisis sanitaria en la que nos encontramos a nivel global, y después de que la Organización Mundial de la Salud declarara la pandemia como consecuencia de la expansión del coronavirus, es vital que los derechos humanos se coloquen desde el principio en todos los esfuerzos de prevención, preparación, contención y tratamiento a fin de proteger mejor la salud pública y apoyar a los grupos y las personas que están en mayor riesgo.

Aunque los Estados pueden imponer ciertas restricciones a algunos derechos humanos a fin de proteger la salud pública en el contexto de la epidemia de COVID-19, como ha sido, en el caso de España la declaración del estado de alarma, tales medidas han de ser coherentes con el marco general de derechos humanos.

"Somos conscientes de que nos encontramos ante una situación extraordinaria y que hay que tomar medidas severas. Sabemos y agradecemos el esfuerzo que diversos colectivos y, de manera muy especial, todo el personal sanitario, está haciendo para poder paliar en la medida de lo posible esta situación cambiante. Y, por supuesto, es necesario detener la expansión del virus y proteger, especialmente, a las personas más vulnerables. Pero es imprescindible recordar que el respeto a los derechos humanos no es un lujo que solo puede darse una vez que se haya minimizado la amenaza para la salud pública, sino que debe situarse en el centro de las medidas que se tomen", ha señalado Esteban Beltrán, director de Amnistía Internacional España.

Un decálogo de derechos humanos en tiempos de crisis

Medidas de prevención

La respuesta a la crisis ha variado en los distintos contextos y países. Sin embargo, es importante recordar que las restricciones que se imponen ante una pandemia comportan riesgos para los derechos humanos, y es obligación de los Estados tomar medidas urgentes para reducirlos. En concreto:

1. Las cuarentenas, en particular las que afectan al derecho a la libertad y la seguridad personales, sólo son permisibles si se llevan a cabo de manera no discriminatoria y, aunque respondan, como este caso, a una necesidad pública o social acuciante, si tienen una finalidad legítima y son proporcionales a ella. Deben ser de duración limitada y revisarse periódicamente, y si hay varios tipos de limitaciones posibles, debe adoptarse la menos restrictiva.

2. Lo mismo sucede con las restricciones y prohibiciones de viaje, que también pueden afectar al derecho a la libertad de circulación. Cuando se impongan deben ser legítimas, necesarias y proporcionales, es decir, ser la menos restrictiva de las alternativas posibles, y no deben tener carácter discriminatorio.

3. Los Estados deben garantizar que todas las personas y comunidades afectadas tienen acceso a una información clara, accesible, oportuna y significativa sobre la naturaleza y el grado de amenaza para la salud, a información sobre las posibles medidas que se tomen para mitigar los riesgos, y también a información de alerta temprana sobre las posibles consecuencias futuras y las iniciativas de respuesta en curso. Según algunos informes, ciertos Estados como China o Irán han respondido al COVID-19 restringiendo la difusión de información sobre el virus y subestimando sus riesgos y grado de propagación. Cuando las respuestas de los Estados al COVID-19 están basadas en restricciones de la información, falta de transparencia y censura, se corre el riesgo de que menoscaben el derecho a “buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole”, y el derecho a acceder a información sobre la salud, y ponen en peligro la eficacia de la respuesta en materia de salud pública.

4.Los Estados deben garantizar que todas las personas tienen acceso a la seguridad social, incluida la baja por enfermedad, la atención a la salud y la baja parental, si están enfermas o en cuarentena o tienen que cuidar de personas dependientes afectadas, incluido niños y niñas debido al cierre de colegios. Algunas de las medidas aplicadas para mejorar la salud pública pueden tener consecuencias negativas en el derecho al trabajo y los derechos laborales, haciendo que las personas con trabajos precarios se vean afectadas de manera desproporcionada. Entre ellas figuran los trabajadores y trabajadoras migrantes, las personas sujetas a condiciones poco seguras o precarias de trabajo propias de la economía bajo demanda (quienes desempeñan su actividad laboral en base a encargos puntuales o tareas a cumplir en un tiempo determinado), las personas con bajos ingresos, las personas migrantes en situación administrativa irregular y las personas empleadas en el sector informal. Los Estados deben garantizar que todas ellas también tienen acceso a las prestaciones que ofrece la seguridad social.

Respuesta dada por: angieca65
0

Respuesta:

1. Conforme a la moderna finalidad que debe tener el derecho en la sociedad, ¿Cuál consideras que debe ser esta, a la luz de la actual pandemia que azota a nuestro país? ¿Cuáles deben ser los cambios que deben darse en nuestra legislación?

Depende, a mi parecer debería ser una norma la inamovilidad, debido a la pandemiaque azota nuestro país hoy en día, pero para que ello se realice de una forma adecuada debe ser una ley, a mi parecer.

Los cambios como tal no creo , mejoras si , deberían tener mano dura con esta crisis que esta desatada en nuestro país y poder implementar sanciones mas fuertes para las personas que no cumplen las normas , debido a eso se genera cadadía mas problemas de salud en esta pandemia

Explicación:

espero te ayude

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