• Asignatura: Derecho
  • Autor: uzielkaelmoralesreyn
  • hace 6 años

porqué la discriminación debe ser eliminada​

Respuestas

Respuesta dada por: abejitag123
12

Respuesta:

La discriminación:

¿qué debe eliminarse y por qué?

¿Qué es la discriminación? De la teoria a la practica

La discriminación coarta

la libertad de las

personas

45. Discriminar en el empleo y la ocupación consiste en dispensar a las personas un trato diferente y menos favorable debido a determinados criterios,

como el sexo, el color de su piel, la religión, las ideas políticas o el origen social, sin tomar en consideración los méritos ni las calificaciones necesarias

para el puesto de trabajo de que se trate (véase el recuadro 2.1). La discriminación coarta la libertad de las personas para conseguir la clase de trabajo a

la que aspiran. Merma las oportunidades de los hombres y las mujeres para

desarrollar su potencial, sus aptitudes y cualidades, y para ser remunerados

en función de sus méritos. La discriminación en el trabajo genera desigualdades en los resultados del mercado de trabajo y coloca en una situación de

desventaja a los miembros de determinados colectivos.

46. Más que los hechos objetivos, la percepción de las aptitudes y actitudes

atribuidas a los miembros de un colectivo determinado puede provocar discriminación en el lugar de trabajo y en el mercado del empleo. Las características personales que suscitan conductas discriminatorias son muy variadas y

se han ido multiplicando con el tiempo.

47. El Convenio núm. 111 (véase recuadro 2.1) brinda una flexibilidad considerable a los países ratificantes en la determinación de nuevos motivos de discriminación ilícitos. En las memorias presentadas por los gobiernos a la OIT, de

conformidad con el artículo 22 de la Constitución y el artículo 198, sobre el que

se basa el seguimiento de la Declaración, se alude en particular a casos de discriminación en el empleo y la ocupación por razones de invalidez, estado civil,

8 El artículo 22 de la Constitución de la OIT obliga a cada uno de los Miembros a «presentar a la

Oficina Internacional del Trabajo una memoria anual sobre las medidas que haya adoptado para

poner en ejecución los convenios a los cuales se haya adherido». El seguimiento de la Declaración

se basa en las memorias solicitadas a los Estados Miembros en cumplimiento del apartado e) del

párrafo 5 del artículo 19 de la Constitución de la OIT, en el que se establece el procedimiento de

información acerca de los convenios fundamentales no ratificados. En virtud del mismo artículo

19, los Estados Miembros tienen «la obligación de informar sobre el estado de [su] legislación y

la práctica en lo que respecta a los asuntos tratados en el convenio, precisando en qué medida se

ha puesto o se propone poner en ejecución cualquiera de las disposiciones del Convenio, e indicando las dificultades que impiden o rechazan la ratificación de dicho Convenio».

Explicación:

coronita psss

:D  :)

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